martes, 28 de septiembre de 2010

REGLAMENTO DE TRANSITO INCONSTITUCIONAL

Cuando funcionarios municipales victorenses hablan de implementar operativos en los rubros de de prevención como, el radar, alcoholímetro y películas de protección solar, fundamentados en el Reglamento de Tránsito para el Municipio de Victoria, y ediles como el regidor Eduardo Fuentes Hernández proponen reformar algunos artículos, pasan por alto su inconstitucionalidad

¿Por qué decimos lo anterior? Porque el Reglamento de Tránsito es un ordenamiento autónomo e independiente de Ley de Transito y Transporte, que contiene un amplio contenido normativo en materia de transito y vialidad, lo que en rigor se trata de una ley sin haber pasado por el proceso legislativo del Congreso.

Acorde al artículo 115, de la Constitución Federal, las legislaturas de los estados son las que tienen facultades para legislar en todo lo relativo a los municipios, por lo que esas facultades de ninguna manera pueden delegarse a los ayuntamientos municipales por qué romperían el principio de la división de poderes.

Los ayuntamientos solo tienen la facultad de expedir reglamentos que tengan por objeto la ejecución de una ley y por excepción los reglamentos autónomos como los de policía y buen gobierno cuando estos no regulan ni afectan garantías individuales, limitándose a cuestiones meramente de control sin afectar derechos.

El Ayuntamiento puede reglamentar en forma autónoma lo relativo al tránsito, en cuanto se trate de cuestiones meramente técnicas de control de la circulación, estacionamiento, etcétera, pero no puede expedir normas que afecten o menoscaben en cualquier forma los derechos constitucionales de los gobernados.
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El Reglamento de Tránsito para el Municipio de Victoria es un reglamento autónomo sin ley a reglamentar y como tal no puede ni debe ser materia de afectación de los derechos constitucionales de los gobernados en relación con su libertad, propiedades y posesiones, como el alcoholímetro, radar, retención de vehículos, placas, tarjetas de circulación y retiro de películas de protección solar.

Confirmando lo anterior, el citado reglamento en la consideración cuarta de su exposición de motivos, establece que la Ley de Tránsito y Transporte y el Reglamento de Tránsito y Transporte dejarán de aplicarse en el municipio de Victoria, una vez vigente, el presente Reglamento de Tránsito de Victoria.

Más allá de tratarse de un reglamento autónomo el ayuntamiento de victoria se excedió en el uso de la facultad reglamentaria. Incurriendo en una violación indebida al principio de separación de poderes, al expedir el ordenamiento ejerció facultades legislativas, reuniendo los dos poderes en uno, lo cual está prohibido.

En definitiva el reglamento de Tránsito para el Municipio de Victoria de fecha 19 de junio de 2007, es a toda luz inconstitucional y en contra de su aplicación como el caso la desposesión, alcoholímetro y demás prohibiciones y obligaciones procede el juicio de amparo ante el juzgado de distrito en el estado.
carrsot_l@hotmail.com
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2 comentarios:

  1. Muy buen articulo, que nos ilustra como las autoridades ignorantes o no violan la constitucion en perjuicio d ela ciudadania, aun cuando se tenga la intencion de prevenir accidente.

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  2. Excelente articulo felicidades

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