viernes, 31 de enero de 2014

Amparo Notoriamente Improcedente del PT.


Senador Manuel Bartlett Diaz coordinador del PT en el Senado
En todo sistema constitucional rígido existen límites formales a las reformas constitucionales, en el sentido de que la ley Suprema dicta las reglas sobre el procedimiento de reforma, si no lo hiciera así esta no sería rígida, por tanto es formalmente inválida toda reforma aprobada contraria a dicho procedimiento.

Viene a cuento lo anterior por el juicio de amparo interpuesto por legisladores del Partido del Trabajo (PT), encabezados por el Senador Manuel Bartlett, por violaciones al procedimiento legislativo, con el propósito de frenar la reforma constitucional energética aprobada por el Congreso de la Unión, el cual resultara Notoriamente improcedente.

¿Por qué afirmamos lo antepuesto? Porque el juicio de amparo es improcedente contra reformas o modificaciones a la Constitución General de la República, ya que la propia Constitución atendiendo al principio de supremacía constitucional no prevé que el Poder Judicial de la Federación pueda otorgar el amparo contra la modificación o reformas constitucionales.

En efecto basta una simple lectura a los artículos 103 y 107 constitucionales que regulan el juicio de amparo, al igual que el artículo 105 que establecen las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad, para concluir que dichas acciones procesales solo son aplicables para anular los actos o leyes que contradigan la Constitución.

De ahí que nunca podrá anularse un mandato o reforma constitucional por el Tribunal Máximo de la República, en base a que la Constitución no puede ser inconstitucional. ¡Sería un absurdo conceptual. Por consiguiente el Poder Judicial Federal, no constituye un Poder Corrector de la Constitución Política del país.

Ahora bien para que las adiciones constitucionales puedan formar parte de la carta magna debe de cumplirse con la hipótesis del artículo 135 de la constitución que a la letra dice:

“La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados.

El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas”.

En ese tenor en la aprobación de la reforma energética, constitucional y legalmente se cumplieron esos requisitos.

Por tanto es fácil entender que no es válida una reforma que no se haya ajustado a la votación mayoritaria, que se refiere el artículo 135, tanto en el Congreso como en las legislaturas de los Estados; o pudiere haber ocurrido defectos en el cómputo, o en la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas. Circunstancias que no se dieron en la aprobación de la reforma energética.

Por otra parte tampoco es procedente la consulta pública promovida por las corrientes de izquierda y la dirigencia del PRD para revertir la reforma energética en las elecciones de 2015 Porque la consulta solo podría decidir en un proceso de reforma a la constitución a futuro, pero no para revocar una reforma constitucional aprobada por el Congreso de la Unión y los Congresos de los estados.

De tal suerte que la única vía que existe para cambiar el texto o cualquier artículo de la Constitución Política mexicana es mediante un nuevo procedimiento legislativo de reforma constitucional.

En otras palabras la constitución puede modificarse para quedar como estaba, hasta hace unos días en materia energética, pero la única manera de llevar a cabo esta operación es a través de una nueva reforma constitucional, es decir, logrando las mayorías legislativas en el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados.

En suma la Constitución General de la República no establece que el Poder Judicial de la Federación tenga atribuciones para analizar y pronunciarse respecto de la validez y la constitucionalidad de las reformas a nuestra Carta Magna

Así pues el amparo de los legisladores para bloquear la reforma energética llegó demasiado tarde, desde la distancia de sus escaños, con su ignorancia jurídica en el sentido de que no se pueden impugnar reformas constitucionales, han inventado un nuevo concepto de violación “el tiempoparlamentario” considerando “inconstitucionales”: el corto tiempo de debate y aprobación.

En definitiva no procede el juicio de amparo contra reformas a la Constitución General, conforme al artículo 135 sólo puede ser modificada mediante un procedimiento (reforma constitucional) en el que intervienen las dos terceras partes del Congreso de la Unión y la mayoría de las Legislaturas de los Estados. En consecuencia el amparo promovido por el PT es notoriamente improcedente
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martes, 28 de enero de 2014

EPN en Davos: Elogios y Cuestionamientos.


Tamaulipas México.- Asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia, en general, evitar la comisión de delitos y faltas contra las personas y sus bienes, es lo mínimo que necesita un Estado para organizar y desarrollar una sociedad próspera.

Viene a cuento lo anterior por la visita del Presidente Enrique Peña Nieto a Davos Suiza, al Foro Económico Mundial donde presumió el paquete de reformas estructurales aprobadas por el congreso, entre elogios, resulto frustrante al surgir cuestionamientos en el tema de la inseguridad en México, como una de las preocupaciones más importantes de los inversionistas extranjeros.

¿Por qué decimos lo antepuesto? Porque tan pronto como terminó el Presidente la exposición de su conferencia donde hizo alusión a las reformas, en especial a la energética, Klaus Schwab, presidente del Foro Económico Mundial, le comentó:

“A pesar de todas las buenas noticias que comparte con nosotros sobre los procesos de reforma, México aún enfrenta reportes noticiosos negativos relacionados con la seguridad en su país”.

"No puedo ser omiso a un tema que nos ha señalado y afectado a México en los últimos años que es el tema de inseguridad, que además dicho sea de paso, no es privativo de México, es privativo de la región de América Latina”

Al efecto, el mandatario mexicano le respondió que existe "una disminución de prácticamente el 30% de homicidios vinculados al Crimen organizado, lo cual nos resulta alentador pero, todavía falta mucho camino por andar”.

Ahora bien ese camino faltante a que se refirió el presidente y que no lo precisó, son los otros delitos graves, como el secuestro, la extorsión, trata de personas y robo de vehículos, que han aumentado a lo largo del último año.

En ese sentido y de acuerdo a datos oficiales en 2013 los secuestros se incrementaron en un 25% y la extorsión en 13 %, siendo Michoacán, Tamaulipas, Nuevo León, Veracruz fueron entre otros los peores estados en la comisión de esos delitos.

Por otra parte desde el principio la actual administración federal, estableció como estrategia omitir el tema de la inseguridad, para no hacer de México el país de la "guerra" contra la delincuencia organizada. Pero esta estrategia debió tener como límites la realidad a esa pretensión.

Conviene señalar que si lo ocurrido cotidianamente en las calles de las ciudades de la republica mexicana no cambia, tampoco lo hará la percepción y por tanto la voluntad de las personas a invertir su capital en México, porque de la seguridad depende todo lo demás.

En las relatadas circunstancias queda claro que las reformas políticas y económicas por más detonadoras del desarrollo, no serán suficientes si el Estado no garantiza la seguridad de inversiones e inversionistas; de nada sirve abrir de par en par las puertas del país al capital privado extranjero si persisten, la impunidad, la extorsión, el secuestro y otras conductas delictivas.

No pasa inadvertido que en este momento, México sigue siendo tema mundial por la violencia, la inseguridad, la impunidad, la falta de justicia y violación a los derechos humanos; de ahí que los vientos de fronda tienden a amenazar los proyectos de desarrollo.

Tengamos presente que la violencia e inseguridad continúan vigentes, el problema se ha complicado mas con la existencia de autodefensas en algunas regiones del país, por lo que en nada ayuda vender la idea de que México es un “país modernizado”, con estabilidad política y realizando reformas para atraer más inversiones, cuando no existen condiciones de seguridad ciudadana.

De tal suerte que mientras haya inseguridad, los inversionistas no vendrán o pedirán mayores utilidades y privilegios para enfrentar la incertidumbre que genera la violencia. Para la elite financiera internacional, la gestión del gobierno peñanietista va por el rumbo idóneo. Lo político está bien, lo económico, marchar por la ruta correcta, pero todo eso de poco o nada sirve si no hay seguridad.

En definitiva en Davos el presidente Enrique Peña nieto, se percató de que no le va a alcanzar con el solo hecho de haber logrado la aprobación por el Congreso de las reformas estructurales para atraer más capitales. Las preguntas hacia el mandatario hechas en el foro económico mundial demuestran que la confianza de los inversionistas en México no está todavía ganada.
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viernes, 24 de enero de 2014

Michoacán: Golpe de Estado Institucional.






Gobernador Fausto Vallejo, Secretario Osorio Chong y Comisionado A Castillo 
Tamaulipas México.- La toma del poder político mediante el desplazamiento de ciertas autoridades de un Estado, por parte de la autoridad suprema, vulnera la legalidad y soberanía, que atenta en contra del orden establecido, constituye lo que la teoría política denomina golpe de estado institucional.

Viene a cuento lo anterior por el decreto presidencial que creó la figura del Comisionado para la Seguridad y Desarrollo Integral de Michoacán, con amplios poderes otorgados, más allá de carecer de fundamentación y motivación constitucional, en los hechos se traduce en un golpe institucional, en otras palabras en una desaparición de poderes de facto de la entidad purépecha.

En efecto el nombramiento de Alfredo Castillo Cervantes revela la tendencia centralizadora del presidente Peña Nieto manifestada desde el inicio de la actual administración federal, al margen de que las autoridades federales estén ciertas de lo que sucede y de lo mucho que está en juego en Michoacán.

Cabe observar que Castillo Cervantes como Comisionado no sólo se trata de una autoridad en materia de seguridad para “regenerar el tejido social" y recuperar la tranquilidad en el estado, sino también en "desarrollo integral"; bajo un enfoque amplio que abarca los aspectos políticos, sociales, económicos de Michoacán.

Una lectura que se desprende de esta decisión, es en el sentido de que Miguel Osorio Chong responsable de la política interior ha sido rebasado por lo que ante la falta de resultados, el Presidente envió uno de los suyos de mayor confianza a solventar por las vías de hecho el mayor desafío en lo que va del sexenio.

Por otro lado está visto que para la Consejería jurídica del Ejecutivo federal el derecho constitucional no es su fuerte. ¿Por qué afirmamos lo anterior?

Porque el decreto presidencial que estableció la figura del “Comisionado”, no tiene sustento constitucional, no obstante que cita los artículos 21 y 89, fracción I de la Constitución, así como una serie de disposiciones de las Leyes Orgánicas de la Administración Pública Federal, del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Armada de México, un par de tesis de jurisprudencia como fundamento.

Por tanto el decreto no tiene sustento constitucional por que el articulo 21de la constitución no es aplicable porque solo establece que la seguridad pública es responsabilidad de todos los órdenes de gobierno y el 89 fracción I se refiere a la facultad reglamentaria del ejecutivo y con el decreto que creo al Comisionado no se está reglamentando ninguna ley, ni expidiendo un reglamento autónomo. 

De tal suerte que un avezado constitucionalista habría ofrecido un sustento constitucional a la decisión tomada, fundamentándolo en el artículo 119 constitucional que en su primer párrafo dispone:

“Los Poderes de la Unión tienen el deber de proteger a los estados contra toda invasión o violencia exterior. En cada caso de sublevación o trastorno interior, les prestaran igual protección, siempre que sean excitados por la legislatura del estado o por su ejecutivo, si aquella no estuviere reunida”.

Sobra decir que la decisión estuvo enmarcada por una solicitud de apoyo realizada por el Gobernador de Michoacán y por la firma de un acuerdo de Coordinación entre éste y el Secretario de Gobernación, a pesar de eso los genios jurídicos de la presidencia pasaron por alto el artículo 119 constitucional para fundar y motivar el decreto del Comisionado para la Seguridad y Desarrollo Integral de Michoacán.

Ahora bien nadie puede negar la gravedad de lo acontecido en Michoacán por lo que el gobierno utilizo una pésima estrategia desechando las normas constitucionales en situación apremiante. Las salidas en falso se traducen en abusos y excesos de la fuerza pública cuando carecen de sustento constitucional. De ahí que en el Decreto no se hace ninguna alusión a los derechos humanos.

Por otra parte el decreto que creó al Comisionado presenta dos omisiones: la falta de certeza de un plan integral de acción y de objetivos específicos que permitan la rendición de cuentas de Alfredo Castillo, a quien se le otorgaron poderes más allá de los correspondientes al propio gobierno estatal, y la temporalidad definida del objeto del nombramiento, lo que refleja ausencia de planeación.

Las primeras decisiones de Castillo Cervantes fue instruir a Fausto Vallejo para designar a José Martín Godoy Castro como Procurador y a Carlos Hugo Castellanos, Secretario de Seguridad Pública, y seis subprocuradores regionales, todos todologos del primer círculo del Comisionado, provenientes de la PROFECO, expertos en precios, orientación al consumidor, gas contratos etc.

Por lo tanto Michoacán es un estado fallido, su “gobernador” Fausto Vallejo debilitado, física y políticamente, donde la seguridad, la justicia, la regulación económica y el cobro de impuestos lo ejercen otros poderes facticos. En la real politic en Michoacán, el gobernador constitucional se llama Fausto Vallejo y el inconstitucional, Alfredo Castillo.

En definitiva el gobierno federal cuido las formas, para evitar discusiones formales, convocatorias incomodas para elecciones, aprovechó la solicitud de auxilio que hizo el gobernador Fausto Vallejo para dar un golpe de estado institucional al expedir el decreto presidencial anticonstitucional para designar un Comisionado, a fin de desaparecer de facto los poderes de Michoacán.
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martes, 21 de enero de 2014

.Elección del Presidente de la CODEHT


Tamaulipas México.- El nuevo Ombudsman debe responder a una profunda filosofía humanista, a una vocación de servicio, a la nobleza de sus ideales que pretende realizar para ganar la aceptación, confianza y credibilidad de la sociedad, que exige respeto a sus derechos humanos, para impedir la impunidad de los que aun no asumen el compromiso de respetar las libertades fundamentales.

Viene a cuento lo anterior por la aprobación de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, de la lista de los ocho candidatos que cumplieron con los requisitos correspondientes para ocupar la presidencia de la Comisión Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas (CODEHT), cuyo dictamen será enviado al Pleno, en donde los Diputados elegirán al presidente del citado organismo.

Al efecto los candidatos a dirigir la CODEHT que participaron en el proceso de entrevistas son: Enrique Lázaro López Sanavia, José de Jesús Guzmán Morales. Roberto Huerta Ramos, Francisco Javier Álvarez de la Fuente, José Martín García Martínez, Alfonso Manuel Moreno Castillo, María Taide Garza Guerra y Jorge Manautou Saucedo.

La ciudadanización del Ombudsman tamaulipeco en teoría constituye una garantía para que el Consejo Consultivo adopte decisiones con autonomía e independencia, representando además la vía natural para acercarse en forma permanente a la sociedad tamaulipeca en su conjunto.

En un plano ideal, la designación del presidente y consejeros de la Comisión, deberían ser aquellos candidatos en donde se privilegie, el perfil profesional, la calidad moral e intelectual, el conocimiento demostrado en la promoción, difusión y defensa de los derechos humanos, los méritos y trayectorias, sin tomar en cuenta las cuotas partidistas ni los vetos políticos.

Cabe señalar que en el actual procedimiento son los partidos políticos representados en el Congreso los que revisan, “evalúan” y toman la decisión de la designación del presidente y de los 6 consejeros, que mas allá de sus prendas académicas y acreditar conocimiento y “experiencia” en derechos humanos, deben pasar la prueba fundamental final de resultar los más afines al establishment.

De ahí que la actuación de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, presidida por Arsenio Ortega Lozano, integrada además por Aida Zulema Flores Peña, Eduardo Hernández Chavarría, Juan Báez Rodríguez, Olga Patricia Sosa Ruíz, y demás especímenes, solo fue un montaje con cariz democrática, para la legitimar el proceso eleccionario aposteriori.

La opacidad camuflada con que se lleva el procedimiento, plantea un hipotético escenario en el sentido si se celebrará un debate sobre la cultura en materia de Derechos humanos y funcionamiento de la CODEHT, entre los futuros nuevos consejeros y aspirantes desechados, los primeros no saldrían bien librados, pese a los blasones académicos y “experiencia” de los propuestos a designación.

En ese tenor no tiene sentido simular un procedimiento con apariencia democrático de convocatoria abierta, que solo tiene como propósito la legitimación del proceso eleccionario y de paso a los palomeados.

Tomando en cuenta de que no existe una metodología eficaz que comprenda exámenes sicométricos y de conocimientos por exámenes de oposición, se fingió evaluar con una metodología tan elemental por no decir deficiente a los aspirantes que de buena fe respondieron al llamado de la convocatoria.

Una verdad de a kilo es que son los partidos políticos de acuerdo a su peso específico y a través de sus bancadas parlamentarias los que operan la designación o reelección de los consejeros y presidente de la Comisión de Derechos Humanos, que resulten más afines, a su programas de acción y declaración de principios partidista.

Lo realizan porque la ley de la Comisión de Derechos Humanos y la ley Orgánica del Congreso tienen la trampa y la solución, tienen la facultad de hacerlo, porque el procedimiento de elección así lo establece y porque de acuerdo a los precedentes así lo indican, por lo que en este proceso también así aconteció.

Sin embargo el Congreso del estado paso por alto los artículos 14 y 19 de la Ley de la Comisión de derechos Humanos que establecen que los consejeros y el presidente deben ser electos previa consulta pública, la cual no se ha realizado, cuya omisión traerá como consecuencia su nulidad, lo que se hizo públicamente fueron las entrevistas a los aspirantes que no constituyen consulta a la sociedad.

Por otro lado el ombudsman Bruno del Rio Cruz su desempeño fue decepcionante y conformista para “mejorar el pobre historial” que en materia de garantías individuales existe en Tamaulipas, ni se preocupo por impulsar a las instituciones del estado a reparar los abusos, ni promovió reformas necesarias para prevenir abusos en el futuro, ni se opuso a leyes y prácticas abusivas

La pregunta obligada que surge es ¿Los prospectos a nuevo presidente y consejeros tendrán el perfil profesional para prevenir a la burocracia estatal de los actos de ilegalidad, indiferencia , prepotencia, arrogancia y despotismos, que bloqueen, demeritan y obstaculizan la buena marcha de la administración pública?

En definitiva la elección del nuevo presidente de la comisión Estatal de Derechos humanos, por parte del Congreso del Estado, al parecer esta tan bien planchada misma que habrá de ser aprobada por unanimidad por los diputados, sin necesidad de que el tricolor tuviere que recurrir a la mayoría calificada.
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viernes, 17 de enero de 2014

Consulta Pública del PRD y Amlo.


Jesús Zambrano líder del PRD 
Tamaulipas México.- La democracia directa moderna es una forma de gobierno en la que los ciudadanos participan directamente en el proceso de toma de decisiones políticas para determinados asuntos públicos como puede ser aprobar o rechazar una ley, una reforma legislativa o constitucional.

Traemos a colación lo anterior por la imposibilidad jurídica de la consulta ciudadana que promueven las corrientes de izquierda y la dirigencia del PRD para revertir la reforma energética en las elecciones de 2015, ya que la única vía que existe para cambiar el texto o cualquier artículo de la Constitución Política mexicana es mediante un nuevo procedimiento de reforma constitucional.

¿Por qué afirmamos lo anterior? Porque la consulta popular solo podría decidir en un proceso de reforma a la constitución a futuro, pero no para revocar la reforma energética porque esta ya fue aprobada por el Congreso de la Unión y los Congresos de los estados.

De ahí que si la consulta se hubiera realizado antes de la reforma constitucional probablemente previo cumplimiento de los requisitos establecidos y siendo la consulta popular de carácter vinculatorio para el Legislativo debería incidir en el sentido de la reforma energética.

En ese tenor el artículo 35 constitucional consagra el derecho de los ciudadanos mexicanos a votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional y convocadas a petición del Presidente de la República, de 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las cámaras del Congreso de la Unión, o por al menos dos por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

He aquí que la consulta pública es una especie de referéndum, un procedimiento para tomar decisiones por el cual los ciudadanos ejercen el derecho de sufragio para decidir acerca de una propuesta de resolución mediante la expresión de su acuerdo o desacuerdo. Para llegar al acuerdo tiene que haber mayoría absoluta entre los votos. El resultado del mismo puede ser vinculatorio es decir obligatorio.

Por tanto las consultas no se aplican generalmente en retrospectiva sino solo en prospectiva, salvo en el caso de que el Legislativo hubiese incluido la figura de revocación.

Por su parte el proyecto de ley reglamentaria aprobado por los diputados federales y pendiente de avalar por los senadores define como asuntos de trascendencia nacional aquellos que repercutan en la mayor parte del territorio nacional; que impacten en una parte significativa de la población;

Además que propongan la creación, modificación o eliminación de políticas públicas, o que propongan legislar sobre nuevas leyes o modificaciones a las ya existentes. De ello se desprende que dicho proyecto de ley no incluye las reformas constitucionales como objeto de consulta y en ningún lugar de la minuta aprobada se establece que la consulta pueda tener carácter revocatorio.

El problema no es que se trate de una materia no consultable, el conflicto es que se trata de una decisión no revocable por medio de la consulta popular. Lo que se aprobó en materia energética es una reforma a la constitución, por ello, lo que no puede suceder es que el resultado de la consulta si se realizará se traduzca en una modificación del texto constitucional.

De tal suerte que la única manera para revertir la reforma energética es otra reforma constitucional. Sin embargo, como se trata de una reforma a la Constitución Mexicana, hay un margen de maniobra por parte de los legisladores y ciudadanía para incidir únicamente en el contenido de la legislación secundaria

Sobra decir que la constitución puede modificarse para quedar como estaba, hasta hace unos días en materia energética, pero la única manera de llevar a cabo esta operación es a través de una nueva reforma constitucional, es decir, logrando las mayorías legislativas en el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados.

En cuanto a la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esta ha sostenido la imposibilidad de pronunciarse sobre la validez material de las reformas constitucionales, aun cuando se argumente que el proceso legislativo no se cumplió, resultare fundado pero inoperante, porque las dos Cámaras alcanzaron las mayorías calificadas y de las legislaturas estatales.

Por otro lado el lamentable -e inoportuno- quebranto de salud real o ficticio de Andrés Manuel López Obrador le impidió encabezar la protesta efectiva a la aprobación de la reforma energética. Por lo que ya nada podrá hacer él y sus huestes para revertir esa reforma al margen de las movilizaciones que pueda realizar “palo dado adiós loquita”. Sólo un cambio radical podrá modificar lo hecho.

Lo de la consulta pública que promueva las izquierdas es una utopía que a ningún resultado práctico conducirá. Los partidos políticos de acuerdo con el 35 constitucional carecen de legitimidad para promover la consulta, solo están facultados el Ejecutivo federal, el 33% de los integrantes de cualquier cámara y el 2 % de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.

En definitiva la consulta popular no puede revertir una reforma constitucional ya realizada, porque la única vía que existe para cambiar el texto o cualquier artículo de la Constitución Política mexicana es mediante un nuevo procedimiento de reforma constitucional. Sólo un cambio radical de rumbo podría modificar lo que se hizo y ese cambio no se podrá dar antes del 2018.
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martes, 14 de enero de 2014

Las Autodefensas de Michoacán.


J. Manuel Míreles Líder de las Autodefensas Tepalcatepec Mich. 
Tamaulipas México.- Cuando el Estado está ausente, es incapaz de cumplir con su obligación de proporcionar seguridad a la vida y propiedades de los ciudadanos, es cuando surgen los grupos de autodefensa para "tratar de cumplir esa función que no les corresponde, porque es el Estado quien debería ejercerla.


Viene a cuento lo anterior por el emplazamiento que el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, hizo el pasado lunes a los integrantes de los grupos de autodefensa de Michoacán a dejar la seguridad de los ciudadanos en manos del Estado o, si lo consideran, a incorporarse a los “cuerpos policiales instituidos”.

Al efecto Osorio Chong, tras firmar con autoridades locales el acuerdo para el Apoyo Federal a la Seguridad de Michoacán, expresó: “A los grupos de autodefensa se les emplaza para que regresen a sus lugares de origen y se reincorporen a sus actividades cotidiana. La seguridad de sus comunidades estará plenamente a cargo de las instituciones".


Cabe hacer notar que este es el segundo acuerdo que firma el gobierno federal con las autoridades michoacanas ya que el 1º de agosto del 2013 se había firmado el acuerdo “Encuentro por Michoacán”.


Ahí el Secretario de gobernación dijo: “Vamos a ir municipio por municipio, comunidad por comunidad, a devolverles la paz, la estabilidad y el control a los michoacanos”, puntualizó Osorio en aquella ocasión, quien casi seis meses después, este lunes 13 admitió implícitamente el fracaso del gobierno federal.


En esas condiciones, en una severa crisis de violencia, sin la presencia aun de las autodefensas que desde esa fecha estas se multiplicaron, cuando era gobernador interino Jesús Reyna a quien los panistas lo han vinculado presuntamente con los Caballeros Templarios, ahora el secretario de Gobernación prometió lo mismo.


Por su parte el gobernador de Michoacán Fausto Vallejo expresó que en coordinación con las autoridades federales, prepara una acción “decidida y amplia” para recuperar la seguridad del estado, luego de que civiles armados tomaron este domingo la población de Nueva Italia, en las cercanías de Apatzingán.


En ese tenor parece que ahora la prioridad en Michoacán es erradicar las autodefensas antes que la delincuencia organizada.


Ahora bien, ante el clima de impunidad prevaleciente, tolerancia al delito o incapacidad para hacer cumplir la ley por parte de los tres órdenes de gobierno, grupos ciudadanos de Michoacán optaron por tomar la justicia en sus manos. Organizándose para evitar los embates de la delincuencia organizada.


En algunos casos estas autodefensas se hallan vinculadas a grupos de la delincuencia organizada, pero en muchos otros son producto de la desesperación ciudadana ante la inacción de las autoridades. De ahí que es muy importante que el gobierno cumpla su función para evitar que la sociedad se convierta en grupos paramilitares.


Por otro lado si bien es cierto que no se justifica que los grupos de autodefensas puedan hacerse justicia por su propia mano, también lo es que la población tiene derecho a defenderse cuando el gobierno no cumple con su función, dejando en manos de la sociedad la opción de auto protegerse en defensa de su vida y propiedades.


Sobra decir que los enfrentamientos entre los grupos de autodefensa y la delincuencia organizada son prácticamente cotidianos y han cobrado decenas de muertos.


Así pues, la actuación de las autodefensas para enfrentar a esos grupos armados, en el marco de violencia en Michoacán, ha evidenciado una falta de capacidad de las autoridades y la ausencia de una estrategia definida del gobierno mexicano para restaurar la paz en varios municipios de la entidad.


En el mismo orden de ideas el sector de análisis de la seguridad, señala la omisión del gobierno federal en el desmantelamiento de las redes de vinculación que supuestamente tienen los grupos delincuenciales con el poder político local, que de suyo les garantiza impunidad para sus actividades contra la sociedad michoacana y nacional.


En definitiva no existe voluntad política para frenar la violencia en Michoacán, la confrontación, las contradicciones, la ausencia de gobernabilidad y la falta de seguridad pública, con un gobernador que no ha contribuido para encontrar una solución política y jurídica para garantizar la seguridad de los michoacanos, de todo ello se podría afirmar que estamos ante la presencia de un estado fallido.

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viernes, 10 de enero de 2014

20 Años de TLCAN.


E Peña Nieto (Mex), B Obama (EEUU) y S Harper (Canadá)
Tamaulipas México.- Los acuerdos regionales para eliminar las barreras al comercio y la inversión, para facilitar la circulación de bienes y de servicios, en teoría deberían ser una ventaja para aquellos que los integran, de manera que cada uno aproveche esa liberación para ocupar espacios en la producción y mercados de sus socios.


Viene a cuento lo anterior por el Tratado del Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), firmado por Estados Unidos, Canadá y México, que cumplió 20 años (1994-2014), que en términos económicos ha sido un fracaso para México, porque ha generado más perjuicios que beneficios.


Cabe indicar que los críticos del TLCAN, lo señalan de haber afectado sectores clave de la industria nacional y del agropecuario, por su sensibilidad económica y política, así como por las grandes asimetrías, en dimensión, competitividad natural en algunos productos, orientación exportadora y, también, en los subsidios a los productores de esos países.


De ahí que ese sector tuviera periodos de 10 y 15 años de desgravación arancelaria, aumento gradual de las cuotas de importación y medidas específicas de acceso a mercados; de hecho, la apertura total en el marco del TLCAN se registró hasta 2008, cuando México abrió por completo las importaciones de maíz, frijol, leche y azúcar.


De tal suerte que con el TLCAN, las exportaciones agroalimentarias mexicanas aumentaron un 150 por ciento a los Estados Unidos, cuyos beneficiarios han sido un reducido número de productores de hortalizas y de empresas monopólicas dedicadas a la industria y comercialización de granos.


Aquí surge la pregunta obligada al cumplirse 20 años del acuerdo ¿Quién ganó y quien perdió con el TLCAN?


Según especialistas existen algunos sectores que han resultado muy beneficiados, como la industria automotriz y la de autopartes son de las principales ganadoras del Tratado. Pero el TLCAN también ha dejado víctimas como la industria del juguete y los productores agrícolas de granos y cítricos entre otros.

Está visto que el capitulo agropecuario del tratado no fue diseñado en interés de la agricultura tradicional de granos, sino en la presunción de su futura inexistencia. Por tanto el éxodo campesino o el balance negativo en términos de producción agropecuaria durante estos 20 años, es indicativo del fracaso de las políticas nacionales.


Por consiguiente el balance del TLCAN no puede ser favorable como pretende hacerlo creer la propaganda oficial. No lo es en volumen ni en valor de lo que se ah producido en México, ni la en la balanza comercial extrema, ni por supuesto en desarrollo Rural sustentable, es decir no solo productivo sino también social y ambiental.


Por otro lado solo el 2% de las unidades agrícolas del país participan en la exportación de sus productos, por cierto quienes se dedican a esas actividades se oponen a que haya más oferentes de frutas y hortalizas con el argumento de que saturan el mercado.


Así pues en contraparte de las exportaciones, la proporción de importaciones en el consumo nacional se ha triplicado en promedio de 10 paso a 33% de maíz, 55% en trigo; 95% en soya, 72% en arroz, 22% cebada y 55% de algodón.


Tengamos presente que el TLCAN no ha creado las condiciones de desigualdad y pobreza rural, sino que ha contribuido a su profundización. De acuerdo a la encuesta nacional de ingreso gasto de los hogares, el 60% de la población rural debajo de la linea de la pobreza moderada y la población rural extrema aumento en más de ocho millones de personas.

Por otra parte el presidente Enrique Peña Nieto se comprometió A transformar el marco jurídico del sector agropecuario durante el acto en que se conmemoró el aniversario 99 de la promulgación de la primera ley agraria.

En otro tenor el 19 de febrero del actual en Toluca Edomex tendrá verificativo, la reunión trilateral entre los presidentes Enrique Peña Nieto(MEX), Barack Obama(EEUU) y el primer ministro Stephen Harper (CANADA), para relanzar el TLCAN tendrá su eje en la posibilidad de articular la explotación de gas que tienen los tres países.


En definitiva el TLCAN ha cumplido sus primeros 20 años, particularmente en el rubro agropecuario, ha sido un fracaso, no ha mostrado plenamente los impactos ni beneficios. Lo que México ha evidenciado es una acelerada norteamericanización de sus modelos culturales y el giro conservador y neoliberal de su poder político dominante que se sustenta desde 1994.


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martes, 7 de enero de 2014

Cambios en el Gabinete de Egidio Torre Cantú.


Tamaulipas México.- Cuando se busca la integración y consolidación de un gobierno estable, el proceso de reclutamiento gubernamental está basado en  el criterio mixto de selección para los altos puestos de la administración pública, que responde a enfoques político y técnico-administrativos, congruente con las necesidades del estado para la ejecución  efectiva de sus funciones.    

Viene a cuento lo anterior por las designaciones de ayer que hizo el Gobernador Egidio Torre Cantú a favor de Miguel González Salum como titular de la Secretaría de Finanzas y de Rolando Guevara como Secretario del Trabajo. Aéreas eminentemente técnica la primera y política la segunda para el desarrollo económico y social del estado de Tamaulipas.

De tal suerte que es el cuarto movimiento que el mandatario tamaulipeco hace en su grupo de trabajo desde el inicio de su administración, luego que fueron renunciados: Ubaldo Ayala Tinoco;  Dinorah Guerra Garza; Raúl González García; Alejandro Ostos; Salvador Treviño Garza, Bolívar Hernández, Morelos Jaime Canseco, Jorge reyes Moreno,  Rafael González Benavides y Alfredo González.

Como pudo observarse dichos personajes fungieron como titulares de las Secretarías: de Seguridad Publica;  Desarrollo Social, Trabajo; Desarrollo Urbano y Medio Ambiente; Procuraduría General de Justicia; Desarrollo Rural, Secretaria de Finanzas y Coordinación de asesores del ejecutivo. 

Está visto que estos cambios en el gabinete estatal, dispuestos por el ejecutivo responden a la advertencia que dicho funcionario hizo el pasado mes de diciembre, quien expreso la necesidad de fortalecer el aparato administrativo con servidores públicos más comprometidos con Tamaulipas, luego de tres años de medianía, burocratismo, inacción, fracasos, y omisiones.

Aquí cabe preguntar ¿Quién es Miguel González Salum?

Es un victorense, de profesión Contador Público egresado de ITESM de Monterrey, ex presidente municipal de Victoria, ex diputado federal, dirigente estatal de la CNOP, ex Gerente de la COMAPA, y Consejero político estatal del PRI, ex Regidor del municipio de Victoria, ex presidente de la Canaco, ex directivo de Banamex entre otros cargos.

Además González Salum es un joven valor de la contabilidad, las finanzas y la transparencia administrativa, un político con experiencia y capacidad, cuya divisa es la lealtad, la competencia y la institucionalidad, el más eficaz alcalde que ha tenido Victoria, quien le aportara al gobernador sentido ejecutivo, talento organizativo, con visión estratégica, manejo de crisis y negociación multilateral.

En cuanto a la reubicación de Rolando Guevara González, el gobernador Egidio Torre Cantú lo coloco en el área de Trabajo y Asuntos Jurídicos más que un acenso burocrático es un premio a la lealtad política al ser considerado como un colaborador de confianza y amigo del ejecutivo.

He aquí que Guevara González es abogado, se ha desempeñado como ex director jurídico del Ayuntamiento de Victoria, ex Asesor jurídico de la Secretaria de Educación de Tamaulipas y ex Coordinador de Asesores del Ejecutivo del estado, sin trayectoria política.  Como nuevo secretario del Trabajo tendrá que actualizarse en otras en materia laboral, para el ejercicio de sus atribuciones.
 
En cuanto a la separación de los renunciados estos agobiados por sus propias pifias y a consecuencia de la evaluación obtenida del análisis de los resultados negativos en la ejecución e implementación de las políticas públicas de sus respectivos ramos, se separaron voluntariamente a fuerzas como titulares de dichas secretarias porque no obtuvieron más de lo planeado en su gestión administrativa.

Cabe indicar que en lo que se refiere a Raúl González Garcia,Salvador Treviño Garza y Rafael González Benavides, estos salieron del gabinete, los dos primeros renunciaron para participar como candidatos a diputado local y alcalde respectivamente quienes por cierto  perdieron las elecciones y el ultimo fue designado dirigente del PRI estatal.

Por tanto estos al parecer serán los últimos cambios queda reestructurado el equipo de primer nivel del Gobernador Torre Cantù dos años nueve meses para entregar el poder, lapso en el cual habrán de superar el reto alcanzar los objetivos del Tamaulipas Fuerte,  seguro, humano, competitivo  y con ellos concluir el sexenio y superar el desafío de las elecciones federal 2015 y estatal de 2016. 
 
Por consiguiente estos movimientos en los hechos constituyen dentro de la agenda de diciembre la fase final del golpe de timón del ejecutivo, como lo han calificado algunos. 

Así como la reiteración de que el Gobernador  prefiere como colaboradores a personas de reconocida capacidad y experiencia para ocupar los puestos clave de su administración y no a sus amigos.

En definitiva el gobernador Egidio Torre Cantù, como consecuencia de la ineficacia, la falta de resultados en las áreas de la administración pública reestructuradas y de los retos en la conducción eficaz política administrativa de Tamaulipas en lo que resta del sexenio y las próximas elecciones federal y estatal, nos presenta un gabinete estatal renovado en posiciones estratégicas.    
Twitter: @luiscarrs
 
 
 


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viernes, 3 de enero de 2014

Decreto de EPN Modifica Reforma Fiscal


Decreto que se reducen los efectos del la aplicación del IVA IEPS y Combustibles..
Tamaulipas México.- Reglamentar solo tiene como objeto explicar y precisar una ley, sin alterarla ni modificarla; es decir, sin acotar ni maximizar su alcance. En consecuencia reglamentar no es legislar para ampliar atribuciones o para reformar o derogar la ley. Es decir que las autoridades solo pueden hacer lo que la ley les permite.

Viene a cuento lo anterior porque el el presidente Enrique Peña Nieto vía decreto realizó cambios a las leyes fiscales, al margen de lo aprobado por el Congreso, con la finalidad de reducir los efectos que tendrá en 2014 la aplicación de la reforma fiscal recién aprobada y cuidar la competitividad de los sectores afectados por la misma.

De ahí que lo antepuesto nada tendría de particular si no fuera porque la resolución de miscelánea fiscal comprende un amplio contenido normativo que de facto deroga la reforma fiscal, aun sin pasar por el proceso legislativo del Congreso que es el único facultado para legislar en todo lo relativo a las contribuciones.

De tal suerte que esas facultades legislativas de ninguna forma pueden delegarse al ejecutivo federal, porque romperían el principio constitucional de la división de poderes. Tampoco en las leyes contenidas en la reforma fiscal en los artículos transitorios no se faculta a la SHCP para tal efecto, más allá de la facultad reglamentaria.

Cabe señalar que a partir de régimen del presidente Ernesto Zedillo la Secretaría de Hacienda abandono la práctica de “legislar” en materia impositiva vía las otroras conocidas miscelánea fiscales, que cambiaban las reglas tributarias una o varias veces al año, sin importar lo que estableciera la ley.

En ese contexto, la cuestión radica en que lo decretado por el Presidente de la República de un plumazo cambia todo lo legislado por el Congreso, cobrando vigencia aquel refrán “ponernos a todos en el lomo de un venado” en materia tributaria.

Al efecto plantea liberar de la carga de IVA a los negocios que están actualmente en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos).

De igual modo a las empresas dedicadas a la hotelería a extranjeros que participen en convenciones o congresos tendrán un estímulo fiscal equivalente al IVA, que a partir de enero se les cobrará. Este beneficio se aplicará siempre y cuando no trasladen el impuesto al cliente.

En similares circunstancias a los vendedores e importadores de turbosina, a los que ahora se les aplicará un impuesto especial (IEPS), se les otorgará una compensación equivalente a dicho gravamen.

En el mismo orden de ideas otro de los ajustes es que se darán facilidades de pago de derechos sobre ingresos a las empresas mineras que tienen una concesión, podrán hacerlo trimestralmente sobre la estimación de los ingresos anuales y no en una sola exhibición como establece la ley.

En cuanto a los chicles y gomas de mascar con el decreto de Peña Nieto, sólo pagarán el IVA y no así el IEPS.

Por otro lado analistas y legisladores opinan que la marcha atrás a la reforma fiscal del presidente Enrique Peña Nieto obedece a que cedió a los chantajes y presiones del sector privado que bajo presión fue obligado al expedir el decreto que suaviza y nulifica la reforma fiscal.

Por otra parte, otras voces han expresado que debido a los magros resultados de este primer año de gobierno en materia de seguridad, economía y una reforma fiscal lesiva, bajó la popularidad el presidente, con estas medidas recuperara las preferencias en las próximas mediciones o encuestas y de paso suaviza los efectos e impactos de la reforma fiscal.

Así pues, en los hechos en términos políticos y de imagen fue correcto pensar que el Ejecutivo hizo bien y no cabe la menor duda que en este caso tiene razón, sin embargo jurídicamente legislar por decreto en materia tributaria se violenta y se debilita el estado de derecho y se vulnera la división de poderes.

En ese tenor se modifica el Presupuesto de Ingresos, puesto que al prorrogar el término de entrada en vigor de las disposiciones fiscales, significa en términos financieros una disminución en los ingresos. Por consiguiente aumentará el déficit público, al bajar los ingresos sin disminuir igual los gastos, se traduce en mayor déficit; es decir, mayor deuda.

Por tanto se envía una clara señal a la sociedad de la discrecionalidad del gobierno de México en la aplicación y ejecución de las leyes propia de las dictaduras, que de inicio cambio la competitividad de las empresas por más ingresos fiscales, con esta medida aun antijurídica de alguna manera se ha se redimensiono el golpe a la clase media, a los contribuyentes cumplidos.

Tan grave como esto es el hecho de que esta situación pudo haberse evitado, ya que desde que se conoció las iniciativas de reforma fiscal, especialistas, analistas, académicos, organizaciones políticas de izquierda y empresariales rechazaron los cambios propuestos del ejecutivo por los efectos lesivos que generaría a la economía y la respuesta que se recibió de la SHCP fue el silencio.

En definitiva el decreto de de Peña Nieto que en los hechos derogo la reforma fiscal aprobada por el Congreso en la aplicación de los IVA, IEPS, entre otros gravámenes, al margen de que suaviza los efectos de las leyes fiscales, no es política ni jurídicamente correcto que el ejecutivo legisle invadiendo competencias del poder legislativo, ni tener discrecionalidad en la ejecución de las leyes.
lucarrso@hotmail.com
Twitter: @luiscarrs