viernes, 19 de abril de 2013

DEUDA DE LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS


Tamaulipas, Mexico.- El eficaz manejo de la deuda pública es un tema fundamental en la salud de las finanzas de los gobiernos estatal y municipal de México, registran endeudamiento excesivo en relación a sus posibilidades reales de pago, han hipotecado el futuro de sus entidades y la estabilidad financiera de sus ciudadanos.

Viene a cuento lo anterior por la reforma constitucional de los artículos 73 y 117 recién aprobada por el Senado de la Republica para regular y transparentar la contratación de deuda de estados y municipios, evitar la corrupción, creando el sistema único nacional de registro de empréstitos y obligaciones de los tres niveles de gobierno.

Otro aspecto relevante de la iniciativa es el establecimiento de un sistema de alertas de adeudos, que obliga a los tres órdenes de gobierno a inscribir y publicar el total de sus créditos; además, los gobernadores y alcaldes no podrán heredar deuda de los créditos a corto plazo.

Abordando también la reforma otras cuestiones, como la de asegurar que no se comprometan en exceso ingresos futuros en detrimento de la población, que requiere de buenos gobiernos con recursos suficientes para atender a sus necesidades.

Está visto que la falta de transparencia, la velocidad del crecimiento exponencial de la deuda pública y pasivos que tienen las entidades federativas y municipios del país, puede convertirse en un grave problema macroeconómico, debido a que muchas obligaciones financieras estatales se encuentran fuera de control, por consiguiente un colosal incremento de la deuda nacional de manera peligrosa.

Así pues el endeudamiento es consecuencia de una dinámica donde los estados y municipios cada vez gastan más, desvían recursos, disminuyen sus fuentes de ingresos, cada vez recaudando menos, situación difícil de sostener en el largo plazo, ya que se trata de un problema estructural que no puede ser resuelto con un mero incremento en los recursos federales que reciben.

Cabe señalar que las participaciones en ingresos federales derivadas de la Ley de Coordinación Fiscal resultaron ser una garantía o fuente de repago segura y líquida para los acreedores, y en esa medida ha atraído la oferta de crédito.

Sin embargo el hecho de que la garantía con participaciones federales reduzca a un mínimo el riesgo para el acreedor, nada dice de los efectos catastróficos que puede tener para el estado y municipios el verse privado de una parte sustancial de sus ingresos y no tener recursos con qué pagar su gasto corriente.

Por todo ello hoy se puede afirmar que el sobreendeudamiento de entidades federativas y municipios constituye un grave riesgo para el sano desarrollo económico del país.

Razón por la cual deben de responder aquellos gobernadores y alcaldes de todos los partidos políticos que contrataron deuda a ritmos desproporcionados, algunos a última hora antes de concluir su encargo y otros que coincidieron con los tiempos político electorales y unos más que se salieron de control sin explicar razones amparando su silencio en las “soberanías” estatales.

Por otro lado, si algo se debe aprender de la crisis financiera internacional, y de las que han sufrido países como Brasil y Argentina, que en ausencia de una regulación adecuada, la “mano invisible” de los mercados fue insuficiente para establecer los límites prudentes de las actividades de financiamiento.

Junto a todo esto, el sector público, además de los riesgos apuntados, al comprometer flujos futuros significa restar recursos disponibles a ejercicios y administraciones subsecuentes y, en esa medida, corre el riesgo de no poder atender necesidades y prioridades posteriores, incluidas situaciones de crisis y emergencia que sobrevengan con el paso del tiempo.

En el mismo orden de ideas se considera un error conceptual de los gobiernos estatales, y municipales concebir a los empréstitos como fuente normal de sus ingresos, como si se tratara de contribuciones fiscales y no como un recurso excepcional complementario y además violando la constitución contratan empréstitos para gasto corriente y no para inversiones productivas.

Ahora corresponde a la Cámara de Diputados avalar o cambiar la minuta que le envió el Senado de la República. Al respecto Francisco Arroyo Vieyra presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, sostuvo que de acuerdo con el Artículo 72 constitucional es una facultad “primigenia” exclusiva de la Cámara de Diputados legislar en materia de empréstitos y no del Senado.

En ese tenor Arroyo Vieyra advirtió que la Cámara de diputados regresara la minuta al Senado por invasión de funciones legislativas. Aunque se trata de una reforma constitucional y no de una ley secundaria podría presentarse una controversia constitucional ante la Corte o en aras de economía legislativa, los diputados del PRI esperaran la linea de los pinos.

En definitiva la federación con la reforma constitucional y su ley reglamentaria tendrá “dientes” para obligar a los gobiernos estatales y municipales a presentar sus cuentas adecuadamente y sin trucos. Tomando en cuenta que internamente los estados carecen de presión, por la inexistencia de un auténtico contrapeso de parte de los congresos y poderes judiciales locales.
Twitter:@luiscarrs














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