viernes, 8 de febrero de 2013

GRUPOS DE AUTODEFENSA.


A la luz del derecho, el Estado tiene entre otras obligaciones la de mantener el orden público, garantizar la seguridad de sus habitantes, prevenir, combatir y reprimir la delincuencia. Cuando esta obligación no se cumple los ciudadanos se defienden como pueden.

Viene a cuento lo anterior por el fenómeno de las “policías comunitarias” en Guerrero, Michoacán y otros estados de la República, conocidos como grupos de autodefensas, integradas por indígenas y campesinos que se dicen hartos de la impunidad, tolerados por los gobiernos locales ante su incapacidad para combatir la delincuencia, decidieron tomar la justicia por su propia mano.

Cabe señalar que son cada vez más las poblaciones del sur del país, donde los habitantes se arman y establecen retenes en las carreteras y entradas de sus comunidades con la finalidad de impedir los secuestros, robos y extorsiones que han padecido en los últimos años, detienen Juzgan, sentencian y ejecutan.

De entrada, el ejercicio de defensa aparentemente ciudadana contra el delito y la violencia delincuencial, parece idónea tomando en consideración que las autoridades de los tres órdenes de gobierno no han hecho lo suficiente para proteger a la ciudadanía de ese flagelo, sin embargo el riesgo de su crecimiento puede derivar en organizaciones paramilitares.

Así pues de continuar operando los guardias comunitarios y sus juicios sumarios, en el corto o mediano plazo derivarán en persecuciones contra los propios pobladores que alentaron su creación, convirtiéndose en sus auténticos verdugos, quienes decidirán la libertad, el encierro o incluso la "pena de muerte" de los “transgresores de la ley”.

He aquí, que al decir de los líderes de las comunidades armadas, a los delincuentes el pueblo les dictará la sentencia. ¿Sera una resolución votada mano alzada? Procedimiento que garantizaría racionalidad ni justicia. Hay numerosas ejemplos históricos del fracaso de este modelo sin derecho para los inculpados, como el proceso de Jesucristo, el tribunal revolucionario frances en la caída del rey Luis XV.

Tengamos presente que en un estado de derecho la ley existe para garantizar la protección de la sociedad, de tal manera de que para la prevención y sanción al delito no se cometan arbitrariedades, si la policía viola la ley, no se le sustituye con cuerpos que tan siquiera están formalmente sometidos a mandato legal alguno, ya que son los tribunales y las contralorías las que en teoría pueden frenar el despotismo burocrático.

En cambio toda justicia comunitaria actúa con el prejuicio. Los tribunales, ministerios públicos y fuerzas policiacas, aunque ineficaces, pero al menos sus acciones son fiscalizables. Por consiguiente es responsabilidad de las autoridades que en materia de seguridad ciudadana se hayan llegado a los grupos de autodefensa.

En definitiva los gobernadores de los estados fallidos en materia de seguridad pública, deberían de retomar el control de sus territorios en manos de la delincuencia, desmantelar los grupos de autodefensa que de no hacerlo conduciría al paramilitarismo y al caos, mejorando las instituciones o creando otras para no socavar el estado de derecho ni consolidar la impunidad.
Twitter: @luiscarrs












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