viernes, 19 de julio de 2013

Sistema acusatorio de justicia penal


Tamaulipas México. - Un proceso penal que viola en juicio el derecho humano de defensa e igualdad ante una ley con menoscabo de derechos constitucionales se traduce en un sistema de justicia injusto que genera una crisis social al no cumplir con su misión fundamental de pacificador social.

Lo anterior viene a cuento por la implementación del sistema acusatorio penal adversarial y oral en 13 estados de la república incluido Tamaulipas, derivado de la reforma constitucional de justicia de 2008 para concluirse en toda el país el año 2016.

Cabe decir que el sistema procesal acusatorio es propio de regímenes democrático-liberales. Adopta los principios de relevancia de la acusación, imparcialidad del juez, presunción de inocencia y esclarecimiento judicial de los hechos; así como la oralidad, inmediación, concentración, economía procesal, publicidad y contradicción en el proceso.

De tal suerte que sustituye al sistema procesal inquisitivo y autoritario en el que las ineficiencias de la policía y del ministerio público son “subsanadas”. Aquí el gran ausente es el juez, quien no interviene en las diligencias ni preside las audiencias delegándolas en su secretario y secretarios auxiliares.

De igual modo en muchos casos se violan los derechos humanos de víctimas y acusados y sólo en algunos, después de prolongados juicios de amparo, se pueden revertir esas arbitrariedades

Es de señalarse que uno de los argumentos contundentes del sistema acusatorio sobre el inquisitivo lo constituye el juicio oral como determinación del breve límite temporal de juzgamiento. Este elemento característico del sistema acusatorio no necesariamente se contrapone al valor de escrituración del proceso.

Sobra decir que la justicia penal se encuentra en crisis , el sistema penal actualmente no tiene credibilidad ni confianza para la sociedad , la lentitud de los procesos , la duración ilimitada de los mismos que involucra una autentica agonía para las partes , la prisión preventiva que se convierte contra todo derecho humano en una condena anticipada contra el imputado.

De ahí que los congresos locales legislaron sobre los juicios orales, relacionados con los niveles de inseguridad que se han registrado en la sociedad mexicana. En la medida en que se ha incrementado los índices de criminalidad, aumentaron también las propuestas legislativas relativas a la oralidad, al considerarse esta medida como una acción de mejora del sistema de justicia penal.

Se debe subrayar que en el nuevo sistema penal los delitos menores no violentos o no intencionales se resuelven por mecanismos alternativos, permitiendo al ministerio Publico dedicar más tiempo y recursos a la persecución y castigo en los den tribunales de los delitos de mayor impacto.

Por otro lado existen voces como el penalista Juan Velásquez quien afirmó Que la justicia penal a través de juicios orales es un sueño que se le está vendiendo a la sociedad porque no resolverá el problema de la impunidad que impera en el país y además está condenada al fracaso porque se carece de una policía científica “

“El nuevo modelo de justicia lo hicieron quienes nunca han litigado ni pisado un juzgado” “Eso si fueron a Costa Rica y Chile para nutrirse de lo que han hecho allá para traerlo a México cuando su problemática delictiva es muy diferente”

Del mismo modo el sistema acusatorio de justicia penal de acuerdo a especialistas del tema como José Ramón Narváez Hernández, es una propuesta del Banco Mundial y una imposición de la United States Agency for International Development (USAID) para los países de América Latina.

Tengamos presente que este sistema no consiste únicamente en convertir lo escrito en verbal, no es infalible ni solucionara los problemas de corrupción, impunidad, rezago etc., la solución es cultural y ese cambio requiere de muchas otras variables, que no se agotan en una simple reforma constitucional.

Lo cierto es que todo discurso para justificar la modificación de los sistemas penales se basa en unos cuantos presupuestos teóricos, predicciones abstractas, en proyecciones sin datos concretos, además la introducción del nuevo sistema penal acusatorio no está sustentado con diseños de gestión y pronósticos sobre los estándares de cumplimiento.

En definitiva es indudable que el sistema de impartición de justicia mexicano requiere de una profunda transformación orientada hacia modelo acusatorio, para mejorar la tutela del debido proceso y la adecuada defensa de los procesados y sentenciados; sin embargo, es necesario precisar que la aprobación de los juicios orales no es la solución para abatir el problema de la inseguridad pública.
Twitter: @luiscarrs



















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