viernes, 28 de febrero de 2014

Nuevo Consejo Consultivo de la CODEHT.


Designa Congreso integrantes del Consejo Consultivo CODEHT 
Tamaulipas México.- En teoría el Ombudsman debería responder a una profunda filosofía humanista, a una vocación de servicio, a la nobleza de sus ideales que pretende realizar para ganar la aceptación, confianza y credibilidad de la sociedad, que exige respeto a sus derechos humanos, para impedir la impunidad de los que aun no asumen el compromiso de respetar las libertades fundamentales.

Viene a cuento lo antepuesto por la designación que el Congreso del Estado, hizo de Edith San Juanita Cantú de Luna, José Ascensión Maldonado Martínez, Félix Fernando García Ortegón, Nicanor Fernández Cabrera, Fernando de León Guzmán y Rosalba Pérez Rivera, como nuevos integrantes del Consejo Consultivo de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas (CODHET).

Al efecto en un proceso precedido de simulaciones e histrionismo, los flamantes miembros propietarios del Consejo Consultivo de la CODHET, más allá de que algunos poseen prendas académicas y de que carecen de cultura en materia, de promoción y defensa de los derechos humanos, en los hechos no requieren preparación alguna, ya que solo desempeñarán el papel de florero.

¿Por qué afirmamos lo anterior? Porque los Consejeros en lo individual no tienen atribuciones ejecutivas; porque únicamente van a realizar “colegiadamente” las limitadas atribuciones previstas en el artículo 16 de la ley de la CODHET, En ese sentido se trata de una función light pero bien remunerada que prácticamente los convierte en aeronautas oficiales.

En otras palabras el integrante del Consejo Consultivo del CODHET su única función es votar el establecimiento de la líneas de actuación de la Comisión y la aprobación del reglamento interno; conocer el informe anual del Presidente; solicitar al Presidente información adicional sobre los asuntos en trámite o resueltos; conocer lo relativo al proyecto presupuestal y su ejercicio.

En cambio la ley de la CODHET le da todas las atribuciones al presidente de la Comisión que a los propios consejeros individualmente; Nombra al Secretario, Visitadores y demás personal de la Comisión, crea las unidades administrativas para un mejor funcionamiento; Aprueba y emite las recomendaciones y acuerdos que resulten de las investigaciones realizadas y la representación legal.

De tal suerte que fueron los partidos políticos representados en el Congreso los que revisaron, evaluaron y tomaron la decisión de la designación de los 12 nuevos consejeros (propietarios y suplentes) de la Comisión, porque son los que resultaron más afines al establishment.

Cabe señalar que la designación está basada en una ley hecha por los constructores de la legislación, que les dio esa facultad para hacerlo, porque el procedimiento de elección así esta está establecido.

De ahí que la actuación de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, presidida por Arsenio Ortega Lozano y demás especímenes, solo fue un montaje con cariz democrático, para la legitimar un proceso eleccionario aposteriori de los seis agraciados y sus respectivos substitutos.

Por tanto no tenía sentido fingir un procedimiento evaluatorio de suyo carente del más mínimo rigor metodológico a los aspirantes de buena fe que respondieron a la convocatoria. Ya que el procedimiento de evaluación no comprende exámenes sicométricos ni de conocimientos por exámenes de oposición,

Ahora bien tomando en cuenta de que no existe una metodología eficaz que comprenda exámenes sicométricos y de conocimientos por exámenes de oposición, se fingió evaluar con una metodología tan elemental por no decir deficiente a los aspirantes que de buena fe respondieron al llamado de la convocatoria.

Por lo que sería más honesto y generaría más confianza, previa reforma a la ley de la materia, que en lo futuro los diputados locales, ya no pretendan tomarle el pelo a nadie, solo convocando aquellos ciudadanos, para seleccionar a los que les resulten más cercanos, confiables, tanto por su experiencia y su capacidad probada, como por el respaldo de apoyos partidarios.

Una verdad de a kilo es que son los partidos políticos de acuerdo a su peso específico y a través de sus bancadas parlamentarias los que operan la designación o reelección de los consejeros y presidente de la Comisión de Derechos Humanos, que resulten más afines, a su programas de acción y declaración de principios partidista.

Aquí surge la pregunta obligada ¿El nuevo presidente y nuevos consejeros tendrán el perfil profesional para prevenir a la burocracia estatal de los actos de ilegalidad, indiferencia , prepotencia, arrogancia y despotismos, que bloqueen, demeritan y obstaculizan la buena marcha de la administración pública? No tenemos al alcance la respuesta por lo que les otorgamos el beneficio de la duda.

En definitiva la elección del nuevo presidente y consejeros de la comisión Estatal de Derechos humanos, por parte del Congreso del Estado, al parecer estuvo tan bien planchada que fue aprobada casi por unanimidad por los diputados, sin necesidad de que el tricolor tuviere que recurrir a la mayoría calificada.
lucarrso@hotmail.com
Twitter: @luiscarrs













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